cambios fiscales

CAMBIOS FISCALES DEL SECTOR FARMACÉUTICO 2018

¿SABES LAS NOVEDADES DE LOS IMPUESTOS DE SOCIEDADES Y DECLARACIÓN DE LA RENTA?

 

Conocer las novedades fiscales de cada año te permitirá ahorrar impuestos y cumplir con tus obligaciones. Recuerda que un retraso en la presentación de un impuesto o la falta de presentación, puede suponer una sanción que afecte a la liquidez de tu negocio de farmacia. ¿Quieres evitarlo? Apunta las novedades.

Optimizar el pago de impuestos te aportará ventajas como reducir la carga fiscal, ahorrar y tener previstos todos los pagos que tengas que hacer a lo largo del año. El primer paso para esa optimización es conocer las novedades que se producen.

En 2018, como cada año, se han implantado una serie de novedades en los impuestos que pagan las empresas y los autónomos. Nos vamos a ocupar del Impuesto de Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (Declaración de la Renta).

 

NOVEDADES EN EL IMPUESTO DE SOCIEDADES PARA 2018

Si ejerces tu actividad de negocio de farmacia a través de una sociedad y estás obligado al pago del IS, estas son las principales novedades del Impuesto de Sociedades que debes conocer: 

  • Obligación de información y documentación sobre entidades y operaciones vinculadas. Tendrán que cumplir esta obligación los establecimientos permanentes en España de entidades que no sean residentes en España.
  • Información país por país. La información a aportar relativa a cada país por parte de una sociedad con varios establecimientos en diferentes países será la cifra de capital y otros resultados no distribuidos.
  • Se amplían las excepciones de la obligación de retener e ingresar a cuenta, por ejemplo, a rentas derivadas de transmisión de participaciones o acciones en sociedades mercantiles.
  • Sujetos obligados a retener o a efectuar ingresos a cuenta. En las operaciones realizadas en España por entidades aseguradoras domiciliadas en otro Estado miembro del Espacio Económico Europeo que realicen su actividad en España, estará obligada a practicar retención o ingreso a cuenta la entidad aseguradora.

 

 

NOVEDADES EN EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA DELAS PERSONAS FÍSICAS PARA 2018

El Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas también cambia en 2018 en algunos aspectos:

  • Plazo de presentación

Este año la declaración de la renta se tendrá que presentar entre el 4 de abril y el 2 de julio.

  • Domiciliación bancaria

Se podrá realizar desde el 4 de abril al 27 de junio.

  • Anexo C al modelo de declaración del IRPF

Este anexo recopila la información que sea importante para futuras declaraciones.

  • Subapartado relativo a la transmisión de derechos de suscripción preferente

Se incluye este subapartado en la sección de pérdidas y ganancias patrimoniales que deriven de la transmisión de elementos patrimoniales.

  • Rectificación de la declaración a través de Renta Web u otros programas

Se utilizarán estos medios para casos de errores u omisiones.

  • Caducidad del DNI

Se deberá incluir en la declaración la fecha de caducidad del DNI.

  • Aumento de las cuantías de exención de becas

La cuantía aumenta a 6.000 euros.

  • No consideración de retribución en especie de gastos de formación cuanto se financien por otras empresas

Sestablece un límite de 1.500 euros para la no consideración como retribución en especie de las primas satisfechas por las empresas a seguros de enfermedad cuando se dé una situación de discapacidad.

 

Como ves las novedades de este año son importantes y aplicarlas en tu gestión tributaria te ayudará a estar al día y a utilizar una estrategia contable que te permita gestionar correctamente la liquidez de tu negocio farmacéutico.

 

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