Protocolos a seguir para la entrega de medicamentos a domicilio

¿QUÉ PROTOCOLOS DEBEMOS SEGUIR PARA LA ENTREGA DE MEDICAMENTOS A DOMICILIO?

 

CUMPLIR CON TODAS LAS MEDIDAS DE SEGURIDAD CON UNA REGULACIÓN LEGAL DEMASIADO GENERAL

Reducir el contacto personal no solo es clave para romper la cadena de transmisión del virus, sino que es imprescindible para las personas de riesgo a las que un simple contagio puede poner su vida en peligro. Desde el inicio de la pandemia las farmacias pueden entregar medicamentos a domicilio y evitar así que los pacientes se desplacen. Sin embargo, solo lo pueden hacer en unos casos determinados y con unas estrictas medidas de seguridad. En este post, te explicamos cuáles son los protocolos para hacerlo.

 

LA PROHIBICIÓN SIGUE SIENDO LA TÓNICA

Debemos tener claro que la entrega de medicamentos a domicilio estaba prohibida en la mayoría de comunidades autónomas, que son las administraciones con competencia en ordenación farmacéutica, y que a pesar de que ahora la mayoría lo permiten de manera excepcional, el paradigma sigue siendo el de la prohibición sistemática. 

Sin embargo, para adaptar al confinamiento el servicio esencial que ofrecen las farmacias, las distintas autoridades sanitarias junto a los Colegios Oficiales de Farmacéuticos han tomado medidas especiales, basadas en la Ley Orgánica 3/1986, de 14 de abril (de medidas especiales en materia de salud pública), que incluyen la venta de medicamentos a domicilio. 

La letra pequeña depende de cada territorio, pero en general tiene que ser el propio personal de la farmacia quien haga la entrega a domicilio, dejando de lado que además el Consejo General de Farmacéuticos y algunas comunidades autónomas también hayan suscrito acuerdos con Cruz Roja para que grupos de voluntarios colaboren en la entrega.

Incluso a veces, debido a la falta de regulación específica, quienes se encargan del servicio a domicilio son empresas intermediarias ajenas al mundo farmacéutico sin una responsabilidad clara con el paciente.

Justamente para dar más seguridad a los pacientes, el Consejo General de Colegios Farmacéuticos o la Sociedad Española de Farmacia Familiar y Comunitaria (SEFAC) han elaborado propuestas de protocolos para garantizar la calidad del servicio con criterios farmacéuticos. Son los documentos en los que nos basamos. 

 

QUIÉN SE PUEDE ACOGER AL SERVICIO A DOMICILIO

En primer lugar, la entrega de medicamentos a domicilio solo puede ofrecerse a personas que cumplan alguno de los siguientes requisitos:

  • Pertenecientes a grupos de riesgo
  • Con Covid-19 en aislamiento domiciliario
  • Sin Covid-19 que no puedan salir de casa, si el farmacéutico considera que la urgencia o la necesidad lo justifican
  • Con problemas de movilidad que vivan solas sin cuidador y que no tengan familiares que puedan acercarse a la farmacia

 

CUÁL ES EL PROCEDIMIENTO

  1. El paciente tiene que ponerse en contacto con la farmacia y solicitar la entrega a domicilio de medicamentos o productos sanitarios. 
  2. El farmacéutico debe valorar si cumple con los requisitos establecidos y anotarlo en un libro de incidencias, donde se incluyan los motivos de la decisión, sea cual sea.
  3. Si el paciente cumple los requisitos, ya puede solicitar a la farmacia los medicamentos concretos que necesite. 
  4. El farmacéutico debe dispensar los medicamentos después de acceder a la medicación prescrita y a la información clínica del paciente, siempre con su permiso, y a través de una entrevista verificar que el paciente sepa cómo utilizar el medicamento. 
  5. El profesional debe abrir una orden de entrega y emitir 2 justificantes: uno para el paciente acreditando la dispensación y otro, que firmará el paciente en el momento de la entrega, que sirva para el registro de la farmacia. Si la entrega la realiza un profesional externo, debe añadirse un tercer justificante.
  6. Hace falta confirmar los datos del paciente, la forma de pago y el lugar de entrega y acordar cuándo se le entregará la medicación. Para reducir el contacto, se recomienda pagar por transferencia o aplicaciones de pago de teléfono.
  7. Los medicamentos deben dispensarse en una bolsa cerrada y desinfectada que a su vez se debe introducir en otra bolsa con los justificantes, información práctica (sobre la medicación y sobre el coronavirus) y una copia de la orden de entrega. Las bolsas deben garantizar que el medicamento se traslade en las condiciones correctas. 
  8. El personal que entregue la medicación debe hacerlo con el equipo de protección individual (EPI) y dejar el pedido delante de la puerta. El paciente debe seguir las indicaciones del farmacéutico: coger las bolsas con el medicamento, quedarse un justificante y firmar el otro, que debe devolver a la bolsa grande. 
  9. Cuando el paciente haya cerrado la puerta, el farmacéutico puede acercarse y recoger la bolsa del suelo, introducirla en una bolsa nueva y desinfectarse las manos. La nueva bolsa debería estar unos días cerrada para evitar entrar en contacto con material posiblemente contaminado. 
  10. Si por alguna razón, el farmacéutico tuviera que entrar en el domicilio, debería mantener dos metros de distancia con el paciente, siempre que sea posible, y en todo caso cambiarse los EPI al salir.

 

 

CONCLUSIÓN

A pesar de que la normativa sobre la entrega de medicamentos a domicilio es poco específica, las farmacias deben seguir los protocolos propuestos por los Colegios Oficiales de Farmacia para garantizar que la seguridad y el criterio sanitario pasen por delante de todo. Es importante ser escrupulosos con todas las indicaciones para evitar problemas, teniendo en cuenta que la entrega a domicilio todavía está muy restringida.

 

 

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