La elección sobre el medicamento a dispensar recae en el Farmacéutico

LA ELECCIÓN SOBRE EL MEDICAMENTO A DISPENSAR RECAE EN EL FARMACÉUTICO 

10 preguntas y respuestas sobre la convivencia entre medicamentos de marca y genéricos

 

La dispensación de medicamentos y productos sanitarios es un servicio fundamental en la práctica profesional diaria de cualquier farmacéutico. Mediante la dispensación se garantiza el acceso de los medicamentos a la población. A la hora de dispensar productos sanitarios y medicamentos es imprescindible la figura de un farmacéutico. El personal técnico y auxiliar de la farmacia podrá participar en el procedimiento, pero solo si el farmacéutico los supervisa. En tu negocio dispensarás medicamentos de marca o genéricos. ¿Quieres profundizar y saber más sobre ellos?

Sigue leyendo el post para leer nuestras 10 preguntas y respuestas sobre la convivencia entre medicamentos de marca y genéricos:

 

1. ¿Se debe prescribir por marca o principio activo?

Se puede prescribir de ambas maneras. De acuerdo con la ley, la prescripción debe realizarse “en la forma más adecuada para el beneficio de los pacientes, a la vez que se protege la sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud”. Es importante tener en mente que ambos medicamentos (marca y genérico) en España tienen el mismo precio de venta.

 

2. ¿Existe alguna limitación para prescribir una marca?

No existe ninguna limitación para prescribir una marca. No obstante, la ley señala que la prescripción por denominación comercial (por marca) será posible si el prescripto lo considera necesario desde un punto de vista médico y cuando se respete el principio de mayor eficiencia para el sistema.

La persona que debe tomar el medicamento es el responsable de su tratamiento y por lo tanto puede solicitar la prescripción de una determinada denominación comercial si lo considera pertinente en función de su experiencia con el medicamento y tras contrastar con su médico las ventajas.

 

 

3. ¿Existe alguna limitación para prescribir por principio activo?

Sí, algunos medicamentos se consideran no sustituibles. Por ejemplo, los medicamentos biológicos y los inhaladores deben recetarse siempre por marca.

 

4. Ante una prescripción por principio activo, ¿puede el farmacéutico dispensar el medicamento de marca?

No hay nada que impida que el farmacéutico dispense el medicamento por marca en el caso de una prescripción por principio activo.

El 1 de enero del 2106 se modificó la ley y hoy en día ya no hay obligación de dispensar el genérico a igualdad de precio, y se puede dispensar tanto medicamento de marca como genérico ante prescripción por principio activo.

 

5. En caso de prescripción por principio activo, ¿puede el paciente pedir que le mantengan su tratamiento habitual?

Sí, el paciente puede solicitar al farmacéutico que le mantenga su medicamento habitual (marca o genérico), puesto que la normativa vigente se lo permite. La continuidad del tratamiento con el medicamento es importante para muchos pacientes, puesto que favorece la adherencia terapéutica y disminuye el riesgo de confusión. De esta manera el paciente no confunde los medicamentos.

 

 

6. ¿Ante una prescripción por marca, ¿puede el farmacéutico dispensar el medicamento genérico?

No, el farmacéutico tendrá la obligación de dispensar el medicamento prescrito por el médico.

No obstante, el farmacéutico puede sustituirlo satisfaciendo las siguientes condiciones:

  • Por otra presentación igual
  • Con conocimiento expreso del paciente
  • Con anotación del cambio de receta

Esto solo se hará con carácter excepcional, por causa de desabastecimiento o urgente necesidad.

 

7. ¿Por qué en España las marcas y los genéricos tienen el mismo precio?

Cuando los medicamentos de marca y genéricos conviven conjuntamente, las marcas deben bajar su precio al del genérico más barato e igualarlo para poder ser reembolsadas por el Sistema Nacional de Salud. Si el medicamento de marca que se quiere vender tuviera un precio superior, el farmacéutico debería sustituirlo por el medicamento del precio más barato de su agrupación homogénea.

 

 

8. ¿Es más caro para el paciente que la prescripción o la dispensación sean por marca que por genérico?

No es más caro, ya que el coste para el paciente no depende del tipo de medicamento que se prescriba o dispense, sea marca o genérico, puesto que todos los medicamentos están al mismo precio.

 

9. ¿Por qué bajan sus precios los medicamentos de marca cuando aparece el genérico?

Los medicamentos de marca bajan sus precios cuando expira la patente y finalizan los derechos de protección. Las patentes están pensadas para promover la investigación y el desarrollo de nuevos medicamentos. Durante su vigencia, la compañía que desarrolla el medicamento tiene protegida la exclusividad de su comercialización.

Cuando expira la vigencia de la patente, muchas compañías y laboratorios farmacéuticos están interesados en comercializar medicamentos que contienen el mismo principio activo, entrando a competir en un mercado que antes era exclusivo. Estos nuevos competidores no tienen que investigar, ya que previamente este esfuerzo lo han realizado los laboratorios que comercializaban el medicamento original. Así pues, los nuevos competidores solo son autorizados a comercializar estos medicamentos si lo hacen a un precio más bajo que el inicial del medicamento original. También deben utilizar un nombre comercial distinto.

En España las marcas deben igualarse en precio a los genéricos para seguir incluidas en la prestación pública. Así que los laboratorios se ven obligados a bajar los precios de sus marcas.

 

10. ¿Todo el ahorro se debe a los genéricos?

Una gran parte, pero no del todo, ya que en el mercado a precio de genérico hay originales y genéricos que compiten al mismo precio. Este mercado es el mayoritario en oficinas de farmacia (81% de las unidades vendidas).

En los medicamentos o productos que hay competidores iguales (un original y uno o varios genéricos) los genéricos constituyen un 58%.

En España hay algunos medicamentos originales cuyos genéricos no deciden comercializar por circunstancias como por ejemplo su baja o nula rentabilidad. En estos casos, el ahorro viene dado por la rebaja de precios que se aplica a los originales a través del llamado sistema de precios de referencia o mediante las deducciones del 15% de su PVP que se designan a medicamentos con patente expirada y no incluidas en el sistema de precios de referencia.

 

A continuación, puedes descargarte gratuitamente la infografía completa de prescripción y dispensación de la marca:

 

Descargar la infografía

 

Cuadro resumen 

  • Los medicamentos genéricos son fármacos que salen al mercado una vez caducada la patente del fármaco de marca, por lo tanto, tienen el mismo principio activo que los de marca.
  • Cuando un paciente llega a tu Farmacia a comprar un medicamento con prescripción por principio activo, la elección del medicamento a dispensar recae siempre en el farmacéutico. No obstante, es el paciente quien tiene la autonomía para pedir al farmacéutico que le dispense su medicamento habitual (marca o genérico) puesto que la normativa vigente actualmente se lo permite.
  • Los medicamentos de Marca financiados por la sanidad pública y los genéricos tienen el mismo precio.
  • La marca facilita que el paciente reconozca su medicación, lo que favorece la adherencia al tratamiento.

 

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